E. Poder, bloqueo, empresa familiar y salida
Ficha 32Me han cesado como administrador y me están apartando de la empresa
El cese del cargo y la pérdida de la condición de socio son cosas diferentes. La junta puede retirar su confianza al administrador sin tener que demostrar una causa, pero el cese no borra los derechos políticos y económicos de sus participaciones o acciones ni resuelve por sí solo sus contratos, retribuciones o responsabilidades anteriores.
Ver la ficha: Me han cesado como administrador y me están apartando de la empresa →Ficha 33Han cambiado la forma de administrar y ahora una sola persona controla todo
El poder real de una sociedad no se explica solo por el porcentaje de capital. Cambiar de administradores mancomunados a solidarios, pasar de consejo a administrador único, otorgar un poder general o modificar las firmas bancarias puede concentrar la capacidad de contratar y mover dinero sin alterar una sola participación.
Ver la ficha: Han cambiado la forma de administrar y ahora una sola persona controla todo →Ficha 34Sociedad bloqueada entre dos socios al 50 %
Un empate no equivale automáticamente a una causa de disolución. Hay que localizar dónde está el bloqueo —junta, administración, banco o actividad diaria—, qué decisiones concretas impide y si la empresa puede continuar mientras se negocia. El primer objetivo es conservar valor y cumplir obligaciones; después se decide quién compra, vende o liquida.
Ver la ficha: Sociedad bloqueada entre dos socios al 50 % →Ficha 35Conflictos entre hermanos y ramas familiares en la empresa
En la empresa familiar se superponen cuatro relaciones: familia, propiedad, trabajo y gobierno. Ser hermano no convierte automáticamente en igual el salario de quien trabaja, pero trabajar no permite apropiarse de todo el rendimiento del capital. La solución exige separar cada plano y traducir agravios familiares en hechos societarios comprobables.
Ver la ficha: Conflictos entre hermanos y ramas familiares en la empresa →Ficha 36¿Quién vota cuando las participaciones se heredan o pertenecen a varias personas?
La propiedad civil de las participaciones y la legitimación para actuar frente a la sociedad deben encajar. Una herencia, un divorcio, un usufructo o una comunidad pueden repartir valor económico y poder de voto de forma distinta. La sociedad necesita saber quién está legitimado y los titulares deben presentar el título y, cuando corresponda, designar un representante común.
Ver la ficha: ¿Quién vota cuando las participaciones se heredan o pertenecen a varias personas? →Ficha 37Cómo salir de una sociedad sin malvender
En una sociedad cerrada no suele existir un comprador inmediato ni un precio visible. Una salida completa debe resolver mucho más que el precio: información, valoración, préstamos del socio, contratos, pagos aplazados, garantías, avales, no competencia, confidencialidad y cierre de reclamaciones.
Ver la ficha: Cómo salir de una sociedad sin malvender →Ficha 38¿Cuánto vale realmente mi participación?
Antes de calcular hay que responder tres preguntas: para qué se valora, en qué fecha y con qué información. El valor nominal, el valor contable, el valor económico de la empresa y el precio de una venta voluntaria son conceptos distintos. La finalidad —separación, exclusión, herencia, ampliación o compraventa— determina el criterio adecuado.
Ver la ficha: ¿Cuánto vale realmente mi participación? →Ficha 39¿Cuándo puede un socio obligar a que le reembolsen su participación?
La separación es un derecho de salida por causas concretas, no una facultad general de abandonar la sociedad cuando la relación se rompe. El socio debe identificar la causa, votar o dejar constancia como exige la ley, comunicar el ejercicio dentro de plazo y afrontar después una fase de valoración y reembolso.
Ver la ficha: ¿Cuándo puede un socio obligar a que le reembolsen su participación? →Ficha 40¿Pueden expulsarme de la sociedad?
La exclusión es una salida forzosa y, por eso, no puede basarse en una simple pérdida de confianza o en que el socio resulte incómodo. Debe existir una causa legal o estatutaria válida, acreditarse los hechos, seguir el procedimiento, valorar la participación y, en determinados casos, obtener una resolución judicial.
Ver la ficha: ¿Pueden expulsarme de la sociedad? →Ficha 41Cerrar la sociedad cuando ya no es posible continuar
Cerrar una sociedad no consiste en repartir inmediatamente el dinero o los bienes. La disolución abre una liquidación en la que se inventaría el patrimonio, se cobran créditos, se venden o adjudican activos, se pagan deudas y solo al final se reparte el remanente. Si no puede pagarse regularmente, debe analizarse el concurso antes que el reparto.
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